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Gestión de aeronavegabilidad

Para quién

propietarios y explotadores bajo RAAC 91 y 135.

Qué resuelve

que su aeronave vuele con el estado de Directivas de Aeronavegabilidad, boletines y vencimientos al día y documentado, sin sorpresas en una inspección.

Incluye

  • Control de cumplimiento de Directivas de Aeronavegabilidad (AD)
  • Evaluación de Boletines de Servicio (SB) y modificaciones
  • Seguimiento del programa de mantenimiento y de componentes con vida límite
  • Coordinación con el taller de mantenimiento (TAR)
  • Registros técnicos y trazabilidad documental
  • Matriculación, Certificado de Aeronavegabilidad y coordinación de inspecciones de la ANAC

Qué recibe

el estado de cumplimiento actualizado de su aeronave y la previsión de los próximos vencimientos.

Normativa aplicable

  • RAAC Parte 91 y Parte 135, según su tipo de operación
  • RAAC Parte 39: Directivas de Aeronavegabilidad
  • RAAC Parte 43: mantenimiento, reparaciones, alteraciones y registros

Cómo trabajamos

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    Relevamos los registros técnicos y el estado actual de la aeronave.

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    Le entregamos un informe de situación con desvíos y próximos vencimientos.

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    Hacemos el control periódico y la previsión de tareas.

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    Coordinamos con su taller y acompañamos las inspecciones de la ANAC.

Preguntas frecuentes

¿Un Boletín de Servicio es obligatorio?
En general no, salvo que una Directiva de Aeronavegabilidad lo haga obligatorio o que la normativa de su tipo de operación lo exija. Lo explicamos en detalle en la guía de Directivas y Boletines.
¿Este servicio reemplaza al taller?
No. El mantenimiento lo ejecuta y certifica un Taller Aeronáutico de Reparación habilitado. Nosotros gestionamos y controlamos que todo esté al día y documentado.
¿Se puede hacer a distancia?
La revisión de registros, sí. La inspección física de la aeronave se coordina en cualquier lugar del país.
Consultar por este servicio

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En el diagnóstico inicial sin cargo le decimos qué corresponde y qué no. Respondemos en 24 horas hábiles.